Reportan al menos 12 casos de terapias de conversión en Hidalgo

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Las terapias de conversión se han prohibido en Hidalgo, se estima que al menos 12 personas han sido sometidas bajo premisas religiosas.

Al menos 12 personas habrían sido sometidas a terapias de conversión en Hidalgo, de acuerdo con el diputado local Carlos Alejandro Alcántara Carbajal, quien afirmó que existen casos verificados en el municipio de Tula y señaló que algunas de estas prácticas presuntamente operan bajo la figura de campamentos religiosos.

Las declaraciones fueron realizadas después de que el Congreso de Hidalgo aprobó reformas al Código Penal para tipificar y sancionar penalmente las llamadas terapias de conversión, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG).

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Reforma busca sancionar prácticas que vulneren el libre desarrollo de la personalidad

El legislador explicó que las modificaciones incorporan un nuevo capítulo al Código Penal del Estado de Hidalgo para tipificar los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, con el objetivo de castigar las prácticas orientadas a modificar o reprimir la orientación sexoafectiva, la identidad o la expresión de género de una persona.

Alcántara Carbajal sostuvo que estas acciones son promovidas, en algunos casos, por asociaciones religiosas con la intención de “corregir” la identidad o expresión de género de las personas, por lo que consideró que la reforma fortalecerá la protección de la población de la diversidad sexual y permitirá sancionar no solo a quienes las realicen, sino también a quienes las financien o promuevan.

Señalan campamentos religiosos y casos en Tula

Al ser cuestionado sobre la incidencia de estas prácticas en la entidad, el diputado afirmó que, con base en testimonios y una experiencia personal, tiene conocimiento de alrededor de 12 casos de personas que habrían sido sometidas a este tipo de procedimientos.

Asimismo, aseguró que en Tula existen casos verificados en los que las personas son trasladadas a espacios que se presentan como campamentos religiosos, pero que, según señaló, tendrían como finalidad modificar su identidad o expresión de género.

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El legislador también afirmó que la población LGBT+ enfrenta diversos tipos de violencia en la entidad y mencionó el caso de una persona desaparecida como parte del contexto que, dijo, afecta a esta comunidad.

La nueva legislación contempla penas de prisión

Con la reforma aprobada por el Congreso local, se deroga el artículo 202 Ter y se incorpora el artículo 276 Bis dentro del nuevo Título Décimo Tercero Bis, denominado “Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad”.

La legislación establece penas de uno a tres años de prisión, además de multas de 150 a 300 días, para quien realice, financie o imponga prácticas destinadas a modificar o reprimir la orientación sexoafectiva, la identidad o la expresión de género mediante el uso de violencia.

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