Sin Tribunal de la Inquisición, 206 años, y contando

Moisés Ramos - Férrea memoria

I.- Mosaísmo

En 1688, en la Plaza de Santo Domingo de la Ciudad de México, fue “relaxado en estatua Diego de Alvarado por hereje, blasfemo y judaizante”; en figura, pero con sus restos óseos a un lado, se le prendió fuego; el hombre era conocido como Diego Muñoz de Alvarado, “El Muñoz”.

Practicaba, le acusaron, el “mosaísmo” o “Ley muerta de Moisés”, pues, de origen portugués, había nacido en Popayán, Perú, de cristianos nuevos o judíos conversos —se infiere—, por lo que el 21 de junio de 1684 fue sentenciado a morir en la hoguera, pero todo indica que falleció en prisión, enfermo por las condiciones de la cárcel —y, seguramente por torturas padecidas—, situada en la Gran Tenochtitlán.

El hombre sí que se dedicaba al comercio de alimentos y vinos y, según algunos, al agio en la antigua Ciudad de los Ángeles, donde vivía y fue acusado, de acuerdo con una leyenda, de azotar, escupir y maldecir a un Cristo crucificado, de marfil, hoy en el Museo Religioso de San Mónica de la misma angélica urbe.

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Vivieron numerosos judíos en la Angelópolis virreinal; tres hechos innegables: igual número de edificios, dos en la Avenida 5 Poniente —el que usa el PRI y la Casa de las Garzas, casi frente a la anterior— y la Casa del Capitán Munuera, o de Antonio del Rincón, en la 4 Oriente 414, ex prepa “Lázaro Cárdenas”: ésta y la primera antedicha con la Estrella de David, profusamente, en sus fachadas.

Se entiende que los padres de Diego de Alvarado hubieran llegado al Perú, pues bajo el mandato de Felipe II, unidos los reinos de España y Portugal en uno solo, judíos conversos, o cristianos nuevos tuvieron la oportunidad de llegar a los virreinatos del actual México y del peruano.

La quema de “El Muñoz” tuvo un antecedente: el mayor auto de fe del virreinato, en 1642, cuando 150 judíos conversos de origen portugués, fueron detenidos y sentenciados: doce fueron quemados después de haber sido estrangulados, y uno más quemado vivo. “Conciliados” muchos fueron expulsados a España.

El tribunal de la Inquisición fue establecido formalmente en México en 1571 y suprimido el 10 de junio del 1820, hace 206 años.

II.- Largo brazo

El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición (sic) fue establecido en el sur de Francia en el año 1184, y en España en 1249, con el propósito de cuidar la ortodoxia de la Iglesia Católica; fue fortalecido con la Reforma Protestante, iniciada por el monje y teólogo Martín Lutero, a quien combatió.

En la Península Ibérica sirvió, entre otros menesteres, para concretar la expulsión de los musulmanes y los judíos —culminada ésta en 1492— posterior a lo cual “cuidó” que, judíos y musulmanes conversos, más los primeros que los segundos, llamados “cristianos nuevos”, no incurrieran en el mosaísmo o la práctica de la llamada por el tribunal “Ley muerta de Moisés”.

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Así “convertidos”, con nombres y apellidos hispanos o portugueses, pasaron a lo que hoy es México, al Perú y al resto de la América invadida por España y Portugal, incluso a Filipinas.

En la Gran Tenochtitlan, si bien el tribual fue establecido formalmente hasta 1571, dos años después de Felipe II lo ordenara, antes hubo actividades que buscaron suplirlo. Por ejemplo, fray Juan de Zumárraga hizo que fuera quemado vivo el nieto del poeta Nezahualcóyotl, Chichimecatécotl, noble indígena, señor de Texcoco, “Carlos” Ometochtzin, cuyo asesinato causó tal indignación, que hizo prohibir la jurisdicción de la inquisición sobre los “naturales de la tierra”, llamados erróneamente “indios”.

Otra atribución antes de la instalación del tribunal que se tomó el obispo, fue condenar y decapitar a los hermanos Ávila, hijos de uno de los primeros invasores, por supuestamente tramar una rebelión para hacerse del virreinato y convertirlo en un reino autónomo.

Aún cuando se calcula que “sólo” fueron aproximadamente 50 personas las asesinadas por orden del tribual hasta el 10 de junio de 1820 en lo que hoy es México —aunque su largo y asesino brazo llegaba hasta el Perú y las Filipinas—, los por lo menos mil 500 volúmenes sobre las actividades de la inquisición indican hasta dónde el uso del poder de este órgano fue de abuso, pues se basó muchas veces en dichos sin sustento, sirvió como pretexto para confiscar bienes, o para deshacer fortunas de judíos, por ejemplo, por el sólo hecho de serlo de origen.

Desparecido en España con la Constitución de Cádiz en 1812, en México todavía alcanzó a vilipendiar y maltratar al “Pensador mexicano”, José Joaquín Fernández de Lizardi, quien no agradó ni a tirios ni troyanos y fue un feroz crítico, con fundamento, del tribunal cuya fuerza, si bien debilitada, aún persistía.

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En la antigua Ciudad de los Ángeles, los dominicos establecieron el edificio de la Inquisición en la Calle de Herreros, actual Avenida 3 Poniente número 141, en el siglo XVII. Las cárceles del mismo estuvieron en la parte posterior del templo, junto a las huertas, en donde actualmente está en malbaratado mercado La Victoria, concesionado por ¡99 años! a la fundación Amparo.

En la época de vesania, cuando más casas virreinales se derribaron —lo cual sigue sucediendo, por cierto— en los años cincuenta y sesenta del pasado siglo XX, en la segunda de estas décadas, fue derribada la casa de la Inquisición, pues los destructores arguyeron tener permiso del gobierno estatal para hacerlo. No alcanzaron a destruir la fachada, que hoy es entrada a un estacionamiento, el que fue del Congreso del Estado.

Faltaban algunos años para que el decreto de 1977, nombrando Zona Monumental al actual Centro Histórico de la Angelópolis, en algo detuviera esa insania, y nos dejara algunas muestras arquitectónicas de lo mejor de la urbe pasada.

III.- Sin justo proceso

Si bien el asesinato del señor de Texcoco causó una indignación tal que hizo prohibir—en la ley, no en los hechos— el peso de las persecuciones y juicios de la Inquisición sobre los naturales de la tierra desde 1571 hasta 1820, dejando éstas en manos de los tribunales eclesiásticos, encabezados por el arzobispo u obispo, también llamados audiencias o provisoratos, en los hechos, los cristianos nuevos de la actual América padecieron por las acciones de la Inquisición.

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Esos tribunales eclesiásticos que consideraban a los indígenas “cristianos nuevos” o “menores de edad espiritual”, como bien nos lo ha recordado Jorge E. Traslosheros en Los indios en los foros de justicia religiosa en la Hispanoamérica virreinal (2010, versión electrónica 2019); por ello mismo, debían tratarlos de manera “privilegiada” en asuntos de ortodoxia cristiana, lo cual no sucedió.

No hubo, nos recuerda el autor, “justo proceso” para los naturales de acuerdo a la personalidad jurídica que se les había asignado, y tampoco hubo aplicación del respeto para no hacerlos llegar a la cárcel, la tortura o la ejecución, por lo que, enviados a los tribunales eclesiásticos, los acusados recibían un trato semejante al de los presos de la Inquisición.

Dejo la palabra a Traslosheros:

“Lo importante me parece que está en la vida cotidiana de los foros de justicia en donde no es extraño encontrar que una sola persona cumpliera varias funciones, que un juez eclesiástico de alguna región fuera al mismo tiempo comisario del Santo Oficio. Lejos de ser confusión, denota claridad de objetivos. […] Por la misma razón, también puede actuar en el foro judicial con similares objetivos, en principio como juez calificador, después como un juzgador cuyas facultades podrán extenderse tanto como los inquisidores y los obispos quisieren. Estamos ante un funcionario, como en el caso de Hernando Ruiz de Alarcón, que es intermediario cultural y judicial, lo que para estos efectos es redundante.”

Por ello, Traslosheros explica:

“Las penas impuestas a los naturales en los tribunales eclesiásticos y a los no indios en el Santo Oficio tienen elementos en común, aspectos en que encontramos variaciones y otros en que son claramente distintas. El núcleo de los castigos es similar, sobre todo en la intención de reconciliar al criminal-pecador con la fe. En su aplicación a los indios se podían celebrar incluso autos de fe sin causar conflicto entre la Inquisición y el provisorato de algún obispado o del arzobispado. Se proclamaba el crimen-pecado del penitente quien manifestaba su arrepentimiento, por lo regular se le exhibía públicamente, se le imponía una penitencia, luego se le daban algunos azotes y todo terminaba para los indios.”

En resumen: los “naturales de la tierra” fueron alcanzados por el largo brazo de la Inquisición, hasta los últimos años de sus funciones —concluyó en junio de 1820— y el “justo proceso” no fue una realidad para ellos.

IV.- De película

De origen judío, Arturo Ripstein dirigió en 1973 la película El santo oficio, estrenada en 1974. Ahí basado en hechos reales —sé que es un cliché, pero también es cierto— Ripstein elaboró el guion con José Emilio Pacheco. Se trató del primero, y hasta ahora único film hecho en México sobre lo sucedido en el virreinato, con un clarísimo mensaje: el odio contra los judíos, a quienes no sólo se les despojó de sus cuantiosos bienes y de la vida, que ya es mucho, sino se les acusó de ser los causantes “de todo mal” como una peste que azota a la Gran Tenochtitlán cuando una familia hebrea es sojuzgada en la cinta.

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Sin embargo, siempre en el estilo de Ripstein, mientras los acusados son quemados en la hoguera, otros siguen celebrando sus ritos: se mantuvieron en el virreinato como mejor pudieron, no siempre libres de persecución.

Es sabido que algunos de los apellidos en castellano usados por judíos conversos o cristianos nuevos, eran de animales: Garza —por ello hemos referido la Casa de las Garzas de la antigua Ciudad de los Ángeles—, León, Lobo, etcétera; o de objetos: Mesa (o Meza), Escalera, etcétera; o la traducción de algunos apellidos, como Cohen por Fraile.

Por lo anterior, a la cinta de Ripstein (nacido el 13 de diciembre de 1943), habría que sumar la lectura —entre muchos otros— del libro Apellidos en Nuevo León: siglos XVI, XVII y XVIII, de Tomás Mendirichaga Cueva, en dos tomos—en seis, ahora en Kindle— pues, con detenimiento, podemos ver cuántas familias de origen hebreo se establecieron en esa árida región del norte de los actuales Estados Unidos Mexicanos, lo cual no implica que no fueran perseguidos o acosados por el tribunal multicitado.

De esa lectura, al rastrear el origen de los linajes, descubriendo en ellos una fuerte corriente hebraica, se entiende el porqué del gusto por la polka, del uso del acordeón en la árida y próspera región: las familias de origen judío llegadas de Europa, trajeron con ellas, a lo largo de sus migraciones, sus apellidos “convertidos”, su idioma soterrado, su fe y, entre otras tantas cosas de su cultura, su música.

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En el formato electrónico, el texto puede ser adquirido por módico precio.

Por una también módica cantidad, la clásica —en el mejor sentido del término—película de Ripstein (Palma de Oro en el Festival de Cannes 1974, y Diosa de Plata a mejor película del mismo año por la Asociación de Periodistas Cinematográficos Mexicanos), de poco más de hora y media de duración, puede ser vista en la red de redes: https://www.nuestrocine.mx/detail/461.

¡Shalom!

Es cuanto.

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