Divorcio alpinista: normalizar el feminicidio
El llamado “divorcio alpinista” no es un concepto legal formal, pero sí una expresión para describir casos en los que muertes de mujeres durante actividades como escaladas o excursiones en montaña son tratadas como accidentes o “sucesos naturales” a pesar de que, tras una revisión más profunda, puedan encubrir patrones de violencia machista en el contexto de una relación que se encontraba en proceso de separación o ruptura.
El término se utiliza de manera irónica o crítica para señalar cómo, en determinadas circunstancias, muertes que podrían ser interpretadas como resultado de decisiones peligrosas del agresor —por ejemplo dejar sola a la víctima en condiciones adversas con la intención de que muera— se clasifican erróneamente como accidentes, evitando así investigar si existió violencia de género o intención criminal detrás del hecho.
Aunque este término no figura en códigos legales, esta dinámica refleja una problemática documentada en estudios académicos sobre violencia de pareja y divorcio: durante el proceso de separación, el riesgo de violencia por parte de un cónyuge hacia una mujer puede incrementar significativamente, llegando incluso a homicidios a manos de sus parejas o exparejas.
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La violencia de pareja no cesa automáticamente con el divorcio, y muchas mujeres enfrentan un riesgo elevado de agresión física antes y después de la separación, especialmente si existen hijos en común que mantienen el contacto con el agresor.
Este patrón se enmarca en la realidad de la violencia intrafamiliar y de género, donde la agresión física y psicológica no solo es un componente frecuente del conflicto conyugal, sino también un indicador previo a casos más graves, como los feminicidios.
El enfoque errado de clasificar como “accidentes” hechos que podrían tener motivos de género —como dominación, control o castigo por parte de la pareja o expareja— contribuye a la normalización de la violencia contra las mujeres, invisibilizando la gravedad de la amenaza que enfrentan muchas al terminar una relación abusiva.
Los divorcios alpinistas han ocurrido tantas veces que se les concedió un término, reflejando lo sistemático y normalizado que se tiene como “práctica” de separación. Se trata de un momento con características principal de que quién lo comete suele verse como una víctima de la circunstancias, con algunas irregularidades, por ejemplo, casos dónde a las mujeres se les abandona sin protección como casa de campaña o saco para dormir, bajo la excusa de que el hombre iría a pedir ayuda; así como momentos dónde alguien cayó o se lastimó de gravedad y no se tuvieron esfuerzos reales por auxiliarla.
Kerstin G. y el juicio en Austria
El término ha cobrado fuerza tras el caso de Kerstin G., una mujer alemana de 33 años que murió de hipotermia en enero de 2025 durante una ascensión invernal al Grossglockner, la montaña más alta de Austria con 3,798 metros de altitud.
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Más de un año después, su pareja, identificado como Thomas P., enfrenta un juicio por homicidio por negligencia grave. La fiscalía sostiene que, por su mayor experiencia en alta montaña y por haber planificado la excursión, debía ser considerado el “guía responsable” de la travesía. Según la acusación, cometió al menos nueve errores, entre ellos iniciar el ascenso con retraso, no portar equipo suficiente de vivac de emergencia, permitir el uso de calzado inadecuado y no dar marcha atrás pese a vientos de hasta 74 km/h, temperaturas de –8 °C y una sensación térmica cercana a –20 °C.
El punto más controvertido ocurrió cerca de la cima. La fiscalía afirma que dejó a Kerstin sola alrededor de las 02:00 horas para buscar ayuda y que no utilizó mantas térmicas ni activó oportunamente los servicios de emergencia. También sostiene que no respondió a intentos de contacto policial posteriores. La defensa, encabezada por el abogado Kurt Jelinek, asegura que la pareja planeó la excursión en conjunto, que ambos se sentían en condiciones de continuar y que la muerte fue “un trágico accidente”.
Las versiones sobre los momentos críticos difieren: mientras la fiscalía cuestiona por qué no se solicitó auxilio cuando un helicóptero policial sobrevoló la zona horas antes, la defensa argumenta que aún se encontraban en condiciones de continuar y que el llamado a la policía de montaña se realizó a las 00:35 del 19 de enero.
Kerstin G. murió sola en la nieve, a pocos metros de la cruz que marca la cima. Si Thomas P. es declarado culpable, podría enfrentar hasta tres años de prisión. El caso, ampliamente seguido por medios como Der Standard, ha abierto un debate sobre los límites entre el riesgo asumido en deportes de montaña y la responsabilidad penal cuando existe una relación de pareja y una asimetría de experiencia.




