No es permiso, es protección: lo que significa la edad de consentimiento
La edad mínima de consentimiento sexual no está para permitir abusos: su propósito es proteger la salud y el desarrollo de niñas, niños y adolescentes
En México, la edad mínima de consentimiento sexual —el umbral legal a partir del cual una persona puede, en teoría, decidir sobre su vida sexual sin que se considere automáticamente delito— varía según la entidad federativa, oscilando entre 12 y 16 años en muchos códigos penales estatales.
A nivel federal se ubica generalmente en 15 años como referencia para sancionar delitos sexuales cuando hay abuso o engaño hacia menores.
Es importante entender que esta edad mínima no existe para que adultos se “aprovechen” de menores, sino para proteger el desarrollo físico, emocional y social de las niñas, niños y adolescentes.
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El concepto detrás del consentimiento legal tiene que ver con la capacidad de comprender y decidir libremente sobre actos sexuales, y está diseñado para garantizar que esta capacidad no se asuma de manera automática sin considerar madurez, contexto y protección integral de derechos.
Por eso las leyes penalizan con mayor rigor cualquier contacto sexual de una persona adulta con una menor de edad, incluso cuando haya “consentimiento” aparente: esto se considera un delito porque un menor no tiene la misma capacidad de decisión ni el mismo poder de negociación que un adulto y puede ser víctima de coacción, manipulación o abuso de poder.
Más aún, hay propuestas y reformas recientes en diferentes estados, como en Baja California Sur y la Ciudad de México, para elevar ese umbral de edad —por ejemplo, de 12 a 15 años— precisamente con el objetivo de fortalecer la protección de quienes aún están en su desarrollo psicosexual y reducir su vulnerabilidad frente a situaciones de violencia sexual.
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Es importante recalcar que en casos de menores entre 15 y 17 años, donde mantuvieron relaciones sexuales con mayores de edad mediante engaños el caso se considerará estupro.
La discusión sobre la edad mínima de consentimiento sexual en México, entonces, no es un debate sobre permisividad, sino sobre cómo equilibrar el respeto a la autonomía progresiva de las personas jóvenes con la obligación del Estado de garantizar su salud, dignidad y desarrollo integral, evitando que sean expuestas a relaciones en las que, por naturaleza de su edad y circunstancias, no pueden otorgar un consentimiento verdaderamente libre y consciente.




