Puertas giratorias del poder: acusaciones por acoso no frenan carreras públicas

Ellas Dicen

Las denuncias por acoso sexual, violencia de género o agresiones contra mujeres suelen provocar indignación social, pero con frecuencia no impiden que los señalados accedan o regresen a cargos públicos, administrativos o de representación, incluso cuando han sido vetados, sancionados o expulsados de instituciones previas. El fenómeno expone vacíos legales, limitaciones en la aplicación de sanciones y una cultura institucional que especialistas califican como indolente frente a la violencia de género.

El principal obstáculo para impedir que una persona acusada ocupe cargos públicos es que, en la mayoría de los casos, las restricciones legales sólo aplican cuando existe una sentencia firme emitida por un juez. Esto significa que las denuncias, investigaciones administrativas o señalamientos públicos suelen ser insuficientes para frenar aspiraciones políticas o laborales.

La llamada “Ley 3 de 3 contra la violencia” y sus límites

En 2023, México aprobó reformas constitucionales conocidas como “Ley 3 de 3 contra la violencia”, que establecen que no pueden ocupar cargos públicos ni ser candidatos quienes tengan sentencia firme por:

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  • Violencia familiar
  • Delitos sexuales
  • Violencia política contra las mujeres en razón de género
  • Ser deudores alimentarios morosos

Esta disposición se incorporó al Artículo 38 de la Constitución mexicana, el cual señala que los derechos político-electorales pueden suspenderse en estos casos. El Instituto Nacional Electoral (INE) también adoptó lineamientos para exigir que las candidaturas cumplan con este requisito.

Sin embargo, la norma enfrenta obstáculos prácticos. Según análisis del propio INE y organizaciones como EQUIS Justicia para las Mujeres, la medida depende de que exista una resolución judicial definitiva, lo que puede tardar años debido a la duración de los procesos penales y administrativos.

Registros y mecanismos que aún son insuficientes

Otra herramienta creada para evitar que agresores accedan a cargos públicos es el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, establecido tras reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en 2023.

Este padrón busca impedir que quienes incumplen con pensiones alimenticias obtengan empleos públicos o candidaturas.

A pesar de ello, organizaciones civiles han señalado que los registros aún enfrentan problemas de implementación, actualización y coordinación entre estados, lo que permite que algunas personas eludan las restricciones.

Y el tiempo nos ha mostrado que no importan los señalamientos, evidencias y protocolos, agresores y deudores ocupan cargos públicos.

Sanciones administrativas que no siempre cierran puertas

En ámbitos académicos, culturales o laborales, las expulsiones o sanciones internas por acoso o violencia de género tampoco necesariamente impiden que los señalados sean contratados en otras instituciones.

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La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia obliga a las instituciones a generar protocolos para atender casos, pero no establece un mecanismo nacional que impida la recontratación en otras dependencias.

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) ha reconocido que muchas sanciones institucionales quedan limitadas al ámbito interno y no se traducen en consecuencias legales más amplias.

La brecha entre denuncia y justicia

Datos del INEGI muestran que la mayoría de los casos de violencia sexual o acoso no llegan a sentencia. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) ha documentado que más del 90 por ciento de las mujeres que sufren violencia sexual no presentan denuncia formal, lo que reduce la posibilidad de sanciones judiciales que activen restricciones legales.

Especialistas en derecho y género señalan que esta brecha genera un escenario en el que los agresores pueden continuar sus trayectorias profesionales sin impedimentos, mientras las víctimas enfrentan procesos largos, revictimizantes y con bajas probabilidades de resolución.

Exigencias sociales frente a la impunidad

Colectivos feministas han impulsado campañas para exigir que las instituciones adopten criterios más estrictos de selección y permanencia en cargos públicos, incluyendo evaluaciones de antecedentes por violencia de género, incluso cuando no existan sentencias judiciales.

No obstante, juristas advierten que estas medidas enfrentan debates sobre presunción de inocencia y derechos laborales, lo que ha frenado la creación de mecanismos más amplios.

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El reciente caso en Hidalgo de Carlos Barra Moulain, nos ha puesto de nuevo al frente de estás problemáticas, quien ahora está al frente del Sistema Hidalguense de Radio y Televisión, salió de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, luego de aparecer en dos ocasiones en tendederos que lo señalaban como acosador, lo que obligó a la universidad a investigar. Colectivas han pedido su destitución.

Un problema estructural

La posibilidad de que personas señaladas por violencia accedan a puestos públicos responde a factores estructurales como la lentitud judicial, la falta de registros nacionales integrales y la resistencia institucional a aplicar sanciones contundentes.

Mientras tanto, el contraste entre las reformas legales y su aplicación real mantiene abierto un debate que atraviesa el sistema político, judicial y social, donde la exigencia de justicia para las víctimas convive con vacíos legales que continúan permitiendo que los señalados encuentren nuevas plataformas de poder.

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